¿Qué es el Reglamento de la Ley Antifraude?
El Proyecto de Reglamento de la Ley Antifraude establece los requisitos que tienen que cumplir los sistemas informáticos de facturación utilizados en las actividades de empresarios y profesionales para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, tal como especifica la Ley General Tributaria.
Se prevé su aplicación obligatoria para todos los empresarios y profesionales que expidan facturas con sistemas informáticos. Quedan fuera de esta normativa las empresas que ya estén acogidas al SII.
En concreto, el software de facturación deberá guardar un registro por cada factura expedida y además llevar un registro de los principales eventos que se produzcan en el sistema informático. También se deberá procurar que esta información se almacene sin permitir alteraciones y garantizando su conservación. Esta información podrá remitirse de forma voluntaria y automática a la Administración Tributaria desde el propio software, e incluirá la firma digital de cada registro. Dichos registros deberán estar a disposición de la AEAT en caso de solicitarlo.
El objetivo de esta ley es eliminar el uso de programas de contabilidad, facturación o gestión que permitan a las empresas realizar una facturación paralela a la oficial, conocidos como programas de doble uso. Con esta medida, se pretende prevenir la manipulación de datos contables y poner fin a prácticas de facturación y doble contabilidad que puedan omitir o alterar las transacciones realizadas. Para ello, se prohíbe la creación de programas o sistemas informáticos que posibiliten esta manipulación.
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